Santa Pola libre de desahucios
Los abajo firmantes, integrantes todos ellos del Grupo Municiapal Socialista, al amparo de lo dispuesto en el art. 97.3 del RD 2568/1986 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, al Ayuntamiento Pleno, eleva la siguiente,
MOCIÓN
La actual crisis ha impactado de manera dramática en la vida de miles de personas, que a causa de dificultades económicas sobrevenidas no pueden cubrir sus necesidades más básicas. Esta situación ha llevado a millares de familias a la imposibilidad de hacer frente a las cuotas hipotecarias o de alquiler de su hogar.
Su traducción social ha sido miles de desahucios en todo el Estado Español y centenares de miles de personas que han visto vulnerado su derecho a una vivienda digna, enfrentándose a situaciones de grave vulnerabilidad, precariedad extrema, pobreza y exclusión social, económica y residencial.
Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, desde 2007 hasta septiembre del 2013, en el Estado Español, se han llegado a 500.000 ejecuciones hipotecarias. Según el informe presentado por el Colegio de Registradores de la Propiedad, sólo durante el año 2012, la banca va quedarse más de 30.000 primeras viviendas por impago de créditos hipotecarios. Eso supone más de 100 desahucios de vivienda habitual por día hábil. Lo que trasladado a nuestra Comunidad, supone que cada día hábil 27 familias han perdido su vivienda, de las cuales 21 han pasado a ser propiedad de bancos y entidades de crédito.
Nos encontramos, por tanto, ante una situación de emergencia habitacional que constituye una auténtica anomalía en el contexto europeo. Tal y como denuncia el informe Emergencia Habitacional en el estado español, elaborado por el Observatorio DESC y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca.
Las administraciones locales, infradotadas de recursos, son los que, en primera instancia, reciben el impacto social de esta situación, al ser las más cercanas a la ciudadanía.
Se está incumpliendo el mandato constitucional del artículo 47 de la CE, así como el de función social de la vivienda del artículo 33 de la CE, y el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Finalmente, el artículo 3 del Código Civil, establece que las normas se han de interpretar de acuerdo al contexto de la realidad social en que se aplique.
Un contexto, caracterizado por una situación de emergencia habitacional en la que el Gobierno municipal no está actuando, y con el fin de corregir esto se propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Declarar a Santa Pola como ‘ZONA LIBRE DE DESAHUCIOS”, con el ánimo de dejar patente la preocupación de la iudad por la posible exclusión social de muchas de sus familias, al estar en serio riesgo de perder su vivienda.
SEGUNDO.- Crear un REGISTRO MUNICIPAL DE VIVIENDAS destinadas al alquiler social compuesto por viviendas municipales, viviendas de empresas y viviendas gestionadas por las entidades financieras de la ciudad.
TERCERO.-Crear una OFICINA MUNICIPAL ANTIDESAHUCIOS.
CUARTO.- Introducir modificaciones en las ORDENANZAS MUNICIPALES encaminadas a recoger la exención de tasas e impuestos a las personas en riesgo de exclusión social por el riesgo de la pérdida de su vivienda.
QUINTO.- Promover, favorecer y facilitar el aplazamiento del pago de tasas e impuestos a las personas en riesgo de exclusión social por el riesgo de la pérdida de su vivienda.
SEXTO.- Gestionar con el Organismo provincial de SUMA la paralización de cualquier embargo por falta de pago de tasas e impuestos, a aquellas personas en riesgo de exclusión social por el riesgo de la pérdida de su vivienda.
SEPTIMO.- Incrementar en los próximos PRESUPUESTOS del 2015 la partida contable destinada a las ayudas para el pago de luz, agua, alquileres, etc.
OCTAVO.- Gestionar con las empresas que prestan servicios básicos en nuestra ciudad, tales como suministro de AGUA, ELECTRICIDAD, GAS, etc. para que no supriman este suministro mientras dure el riesgo de exclusión social por riesgo de desahucio, instándoles a llegar a acuerdos de condonación y/o aplazamiento de pago.
NOVENO.- Instar y coordinar con el SERVEF, el priorizar como baremo de evaluación para las personas que optan a los Cursos de Formación o de cualquier otro tipo remunerados que conjuntamente se organizan con el Ayuntamiento, el riesgo de exclusión social por el riesgo de desahucio.
DECIMO.- Instar al Gobierno de la GENERALITAT VALENCIANA, a presentar en las Cortes una Proposición de Ley sobre la función social de la vivienda, que plantee la intervención de la Generalitat cuando se inicia el proceso de ejecución de una ivienda, antes de que se produzca la orden judicial y evitando así un gran número de desahucios.
DECIMOPRIMERO.- Instar al GOBIERNO DE ESPAÑA a que introduzca cambios legislativos con respecto a los desahucios, que eviten la pérdida de la vivienda y la consiguiente exclusión social de las familias.
DECIMOSEGUNDO.- Comunicar estos acuerdos al Gobierno de España, al Gobierno de la Generalitat Valenciana y a todas las Plataformas y Asociaciones de afectados.”